Expediente No. 473-2015 y 475-2015

Sentencia de Casación del 14/03/2016

“…La razón de esta agravante [vinculación con otro delito] al igual que en el ensañamiento, parte del desdoblamiento de la voluntad, puesto que, el desvalor del hecho deriva de que el bien penalmente protegido de la vida es rebajado por el sujeto activo de la conducta delictiva, hasta el punto de servirse de ella con la finalidad de ocultar otro hecho delictivo. En este caso, el elemento subjetivo tiende directamente a otra cosa distinta para cuyo logro la muerte, que es un fin al que también se dirige, es un medio necesario o simplemente conveniente o favorable. En el caso sub judice, de la plataforma fáctica acreditada por el a quo, no se desprenden acontecimientos históricos que develen esa doble finalidad en las acciones que produjeron la muerte de víctima, puesto que, las acciones realizadas por la procesada (…), fueron dirigidas a la menor de dos años, con un dolo eventual en cuanto al resultado de muerte que se podía producir al realizarse las mismas, al asumir dicha consecuencia, a través de iniciar la ejecución de las acciones que consistieron en dar un golpe tan fuerte en el abdomen, que generó la muerte a causa de trauma cerrado en dicha parte del cuerpo de la víctima; pero no encuentran conexión final, por ser independientes a aquellas que concretamente consistieron en que, durante cuatro meses aproximadamente, la procesada no alimentó adecuadamente a la víctima, la golpeó constantemente, mordió y dio de beber alcohol. Por lo tanto, esta Cámara concluye que la circunstancia de vinculación con otro delito no puede ser aplicada para agravar la responsabilidad penal de la procesada...”